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La AGAE ha establecido un Procedimiento para la evaluación de Profesorado Emérito que se inicia mediante la solicitud de la Universidad correspondiente, dirigida a la Agencia Andaluza de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria, en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La solicitud, cumplimentada conforme al modelo normalizado del Anexo I del manual de procedimiento y firmada por el Vicerrector competente en la materia, indicará que se solicita el informe de evaluación previo a la contratación como emérito del profesor cuyos datos vendrán debidamente cumplimentados.
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